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Ayudas comedor escolar 2023-2024

Ayudas comedor escolar 2023-2024

La convocatoria de ayudas de comedor escolar para el próximo curso 2023-2024 ha sido publicada en el BORM el lunes 6 de marzo 2023.

El plazo ordinario para presentar solicitudes será del 7 al 27 de marzo de 2023, y podrán solicitarlas los alumnos matriculados en el centro este curso escolar 22-23.

Sin embargo, los alumnos de 2 y 3 años y nuevas incorporaciones de Primaria deberán solicitarlas en el plazo extraordinario, del 15 de junio al 5 de julio de 2023

La presentación de solicitudes se realizará de forma online en SEDE CARM, procedimiento 0935, en dos modalidades

  • con firma electrónica (certificado electrónico, DNI electrónico o ClavePin) 
  • sin firma electrónica (rellenando el formulario online, imprimiéndolo y llevándolo al colegio con la documentación requerida).

En ambos tipos de solicitudes, será obligatorio presentar el "modelo de declaración responsable" firmado por el padre, la madre y los hermanos mayores de 18 años que convivan en el domicilio familiar o el tutor legal.

Para obtener la Cl@ve pin, es necesario registrarse previamente y solicitarla en la URL https://clave.gob.es o hacer clic en el enlace que aparece al acceder al formulario de solicitud de ayuda de comedor en la sede electrónica.

OBJETO DE LA AYUDA
Sufragar el coste del servicio de comedor escolar de los alumnos escolarizados, en centros sostenidos con fondos públicos, radicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que dispongan de este servicio escolar complementario.

REQUISITOS INGRESOS
Para obtener estas ayudas será requisito que los ingresos de la unidad familiar en el año 2022, calculados según se establece en el artículo siguiente, no superen, en función del número de miembros, los siguientes importes máximos:

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El cálculo de los umbrales de renta se establecen con respecto al valor oficial para el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple (IPREM) para el año 2021.

El incremento por cada miembro adicional en el primer tramo ( unidad familiar de 1 a 6 miembros), será del 12% del valor del IPREM.

El incremento por cada miembro adicional del segundo tramo ( unidad familiar a partir de 7 miembros en adelante), será del 15% del valor del IPREM.

Se denegará la ayuda cuando alguno o varios de los miembros computables de la unidad familiar sean titulares de cualquier actividad económica con un volumen conjunto de facturación durante el año 2022, superior a 38.500 euros.

PLAZO DE PRESENTACIÓNDel 07/03/2023 hasta 27/03/2023

Excepcionalmente, se podrán admitir solicitudes fuera del plazo extraordinario indicado anteriormente en el caso de alumnos que se hayan incorporado al centro una vez finalizado dicho plazo, que provengan de un centro sin comedor escolar o de un centro fuera de la región, circunstancia que deberá ser acreditada fehacientemente por la dirección mediante un certificado donde conste la fecha de matriculación en el centro educativo, dentro del plazo estipulado para ello, que se concreta del 1 al 5 de septiembre. De manera excepcional también se admitirán las solicitudes de los centros de nueva creación que estén autorizados antes del fin del mencionado plazo.

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